DEBERES Y DERECHOS DE SALUD
Seguridad social es la protección a los miembros de una sociedad contra
privaciones económicas y sociales, garantizando asistencia médica por
enfermedades, maternidad, vejez invalidez y muerte además de brindar bienestar
y calidad de vida por lo tanto la constitución política en su artículo 49 se
reconoce el derecho de los colombianos a la seguridad social.
SERVICIO
DE SALUD
El servicio de
salud es público y obligatorio.
-Público: Pertenece a todos.
-Obligatorio: Toda la población debe estar afiliada.
-Público: Pertenece a todos.
-Obligatorio: Toda la población debe estar afiliada.
Y los beneficios
que consagra el sistema deben ser con la mayor cobertura, equidad y calidad de
los servicios de salud.
DEBERES
Los empleadores
tienen el deber de:
-Inscribir en alguna EPS a todas las personas con alguna vinculación laboral
-Pagar cumplidamente los aportes que le corresponden (8.5 %) y descontar de los ingresos laborales las cotizaciones que corresponden a los trabajadores a su servicio (4 %).
-Girar oportunamente los aportes y las cotizaciones a la EPS.
-Informar las novedades laborales de sus trabajadores a la EPS en cuanto al nivel de ingresos y sus cambios, las vinculaciones y retiros de los trabajadores.
-Inscribir en alguna EPS a todas las personas con alguna vinculación laboral
-Pagar cumplidamente los aportes que le corresponden (8.5 %) y descontar de los ingresos laborales las cotizaciones que corresponden a los trabajadores a su servicio (4 %).
-Girar oportunamente los aportes y las cotizaciones a la EPS.
-Informar las novedades laborales de sus trabajadores a la EPS en cuanto al nivel de ingresos y sus cambios, las vinculaciones y retiros de los trabajadores.
DERECHOS
Por el hecho de
estar afiliado al REGIMEN CONTRIBUTIVO UN TRABAJADOR tiene derecho a:
Recibir una amplia gama de SERVICIOS establecidos en el POS (PLAN OBLIGATORIO DE SALUD). Orientado a lograr la protección integral de las familias en:
-Maternidad y enfermedades en las fases de
-Promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación para todas las patologías.
-Provisión de medicamentos genéricos.
-Urgencias de cualquier orden es decir necesidades que requieren atención inmediata.
Recibir una amplia gama de SERVICIOS establecidos en el POS (PLAN OBLIGATORIO DE SALUD). Orientado a lograr la protección integral de las familias en:
-Maternidad y enfermedades en las fases de
-Promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación para todas las patologías.
-Provisión de medicamentos genéricos.
-Urgencias de cualquier orden es decir necesidades que requieren atención inmediata.
-Consulta médica
general y especializada en cualquiera de las Áreas de la medicina con excepción
de tratamientos con fines estéticos.
-Consulta y tratamientos odontológicos con excepción de tratamientos de periodoncia, ortodoncia y prótesis en atención odontológica.
-Exámenes de laboratorio y Rayos X.
-Hospitalización y cirugía en todos los casos que se requiera.
-Consulta médica en psicología, optometría y terapias.
-Medicamentos esenciales en su denominación genérica.
-Atención Integral durante la maternidad, el parto y al recién nacido.
-Consulta y tratamientos odontológicos con excepción de tratamientos de periodoncia, ortodoncia y prótesis en atención odontológica.
-Exámenes de laboratorio y Rayos X.
-Hospitalización y cirugía en todos los casos que se requiera.
-Consulta médica en psicología, optometría y terapias.
-Medicamentos esenciales en su denominación genérica.
-Atención Integral durante la maternidad, el parto y al recién nacido.
OTROS DERECHOS DE SALUD
El afiliado puede
beneficiarse adicionalmente de los siguientes planes de atención:
PLAN DE ATENCION
BASICA (PAB).
PLANES ADICIONALES
DE SALUD (PAS).
ATENCION DE
URGENCIAS.
ATENCION SOAT.
ATENCION ARL.
PLAN DE ATENCION BASICA (PAB)
Desarrollado por la
nación, los departamentos, los distritos y los municipios, que permite obtener
beneficios colectivos e individuales para promocionar estilos de vida
saludables y prevenir enfermedades. También hace que el estado actúe con prontitud
en casos que pongan en peligro la salud de la comunidad.
PLANES ADICIONALES DE SALUD (PAS)
Para personas con
ingresos económicos suficientes existen unos planes adicionales de salud (PAS)
contratados a voluntad del usuario y a su propio cargo, que ofrecen condiciones
opcionales de alojamiento en los hospitales o clínica o bien de tecnología.
ATENCION DE URGENCIAS
La atención de urgencias como garantía para todas las personas debe ser
prestada en cualquier institución, sea pública o privada , sin importar las
condiciones de sexo , edad o capacidad económica de la persona que la necesite.
ATENCION SOAT
La atención en
accidentes de tránsito y eventos catastróficos para ayudar a las personas que
sufren calamidades de tránsito, a través del SOAT (seguros obligatorio de
accidentes de tránsito) o a quienes son víctimas de eventos catastróficos ,
recibiendo la atención en salud por parte de las diferentes IPS públicas y
privadas contratadas por el estado.
ATENCION ARL
La atención en
salud prestada a los empleados con cargo a las administradoras de riesgo
laborales (ARL) y a los trabajadores independientes que voluntariamente se
afilien alguna ARL.
Esta atención incluye incapacidades indemnizaciones y demás prestaciones económicas pagadas por la ARL, sobre el 100 % del salario o la base de cotización del afectado.
Esta atención incluye incapacidades indemnizaciones y demás prestaciones económicas pagadas por la ARL, sobre el 100 % del salario o la base de cotización del afectado.
María del Pilar Hurtado M.
Odontóloga Universidad CES
Gerencia en Seguridad Social
Docente ICCT CEDECO
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