martes, 25 de marzo de 2014

BASES DE DATOS

BASES DE DATOS


DEFINICION
Una base de datos es un “almacén” que nos permite guardar grandes cantidades de información de forma organizada para que luego podamos encontrar y utilizar fácilmente, estas son utilizadas por empresas, negocios, instituciones.
El término de bases de datos fue escuchado por primera vez en 1963, en un simposio celebrado en California, USA. Una base de datos se puede definir como un conjunto de información relacionada que se encuentra agrupada ó estructurada.
Desde el punto de vista informático, la base de datos es un sistema formado por un conjunto de datos almacenados en discos que permiten el acceso directo a ellos y un conjunto de programas que manipulen ese conjunto de datos.
Cada base de datos se compone de una o más tablas que guarda un conjunto de datos. Cada tabla tiene una o mas columnas y filas. Las columnas guardan una parte de la información sobre cada elemento que queramos guardar en la tabla, cada fila de la tabla conforma un registro.

CARACTERISTICAS DE LAS BASES DE DATOS
·        Independencia lógica y física de los datos
·        Redundancia mínima
·        Acceso concurrente por parte de múltiples usuarios
·        Integridad de los datos
·        Consultas complejas optimizadas
·        Seguridad de acceso y auditoria
·        Respaldo y recuperación
·        Acceso a través de lenguajes de programación estándar.

TIPOS DE BASES DE DATOS
Ø Access: Es una base de datos desarrollada por Microsoft. Esta base de datos, debe ser creada bajo el programa Access, el cual crea un archivo. Con estructura ya explicada.
Ø Microsoft SQL Server: Es una base de datos más potente que Access desarrollada por Microsoft. Se utiliza para manejar grandes volúmenes de informaciones.
Ø MySql: Es una base de datos con licencia GPL basada en un servidor. Se caracteriza por su rapidez. No es recomendable usar para grandes volúmenes de datos.
      PostgreSql y Oracle: Son sistemas de base de datos poderosos. Administra muy bien grandes cantidades de datos, y suelen ser utilizadas en intranets y sistemas de gran calibre.

¿COMO SE MANEJA UNA BASE DE DATOS?
ü El objetivo primordial de un sistema manejador base de datos es proporcionar un contorno que sea  a la vez conveniente y eficiente para ser utilizado al extraer, almacenar y manipular información de la base de datos. Todas las peticiones de acceso a la base, se manejan centralizadamente por medio del DBMS, por lo que este paquete funciona como interface entre los usuarios y la base de datos.
ü Un DBMS es una colección de numerosas rutinas de software interrelacionadas, cada una de las cuales es responsable de una tarea específica.

MODELOS DE BASES DE DATOS
Ø MODELO JERARQUICO: La forma de esquematizar la información se realiza a través de representaciones jerárquicas o relaciones de padre/hijo, de manera similar a la estructura de un árbol. Así, el modelo jerárquico puede representar dos tipos de relaciones entre los datos: relaciones de uno a uno y relaciones de uno a muchos.
Ø MODELO DE RED: Evita esta redundancia en la información, a través de la incorporación de un tipo de registro denominado el conector, que en este caso pueden ser las calificaciones que obtuvieron los alumnos de cada profesor. La dificultad surge al manejar las conexiones correspondientes a registros conectores.
Ø MODELO RELACIONAL: Se está empleando con más frecuencia en la práctica, debido el rápido entendimiento por parte de los usuarios que no tienen conocimientos profundos sobre Sistemas de Bases de Datos y a las ventajas que ofrece sobre los dos modelos anteriores.



miércoles, 19 de marzo de 2014

NORMAS DE GARANTIA DE CALIDAD SGSSS

NORMAS DE GARANTIA DE CALIDAD DEL SGSSS

GARANTÍA DE CALIDAD EN SALUD
El Gobierno Nacional expidió el 15 de octubre el Decreto 2309 de 2002, por el cual se define el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).
Este Decreto busca que todas las instituciones prestadoras de salud y profesionales independientes en esta área, cumplan con una garantía de calidad en sus servicios de salud.
Este Decreto es indispensable para garantizarles a todos los colombianos la calidad en los servicios de salud y atención a los que tienen derecho.

LA ATENCION DE LA SALUD
Se define como el conjunto de servicios que se prestan al usuario en el marco de los procesos propios del aseguramiento, así como de las actividades, procedimientos e intervenciones asistenciales en las fases de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que se prestan a toda la población.

CALIDAD EN LA ATENCION DE SALUD
La calidad en la atención de salud se define como la prestación de los servicios equitativos, con cobertura a todos los usuarios y con un nivel óptimo que permita la satisfacción de los usuarios.
Este decreto cobija a todas los prestadores de salud como entidades promotoras, Administradoras de Régimen Subsidiado, empresas de medicina prepagada y a las entidades departamentales, distritales y municipales de salud.
A este decreto Se exceptúan de la aplicación del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, los Bancos de Sangre y de Componentes Anatómicos y los grupos de práctica profesional que no cuenten con infraestructura física para la prestación de servicios de salud.
Así mismo, las Unidades de Salud de Biomedicina Reproductiva y demás entidades que producen insumos de salud y productos biológicos.
El decreto consiste en la creación del Sistema de Garantía de Calidad de la Atención en Salud.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL SISTEMA DE GARANTIA EN CALIDAD

¿QUE ES EL SISTEMA DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION EN SALUD?
Es el conjunto de instituciones, normas, requisitos, mecanismos y procesos necesarios para generar y mejorar la calidad de los servicios médicos en el país.
Está compuesto por mecanismos de habilitación, acreditación, auditoría, atención e información para la calidad en la atención del servicio.

¿EN QUE CONSISTE EL SISTEMA UNICO DE HABILITACION?
Es un instrumento de protección al usuario que contiene las condiciones mínimas que deben cumplir los diferentes prestadores de servicios de la salud para su ingreso y permanencia en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Condiciones que tienen que ver con la capacidad tecnológica y científica, patrimonio, estabilidad financiera y capacidad técnico-administrativa.

¿EN QUE CONSISTE EL SISTEMA UNICO DE ACREDITACION?
El Sistema Unico de Acreditación es un componente que se pone a disposición de IPS y EPS, que quieran voluntariamente demostrar su cumplimiento en niveles de calidad por encima de las condiciones mínimas, como educación personalizada al paciente y su familia, y seguimiento y control después del egreso de la entidad hospitalaria.

¿EN QUE CONSISTE EL SISTEMA DE INFORMACION PARA LA CALIDAD?
Con este Sistema la comunidad podrá escoger la institución indicada y dispondrá de la información necesaria acerca de las IPS y EPS --a través de escalafón de instituciones-- que permita a los usuarios conocer con certeza cuáles son las mejores y cuáles no.
El Ministerio de Salud incluirá en su página de internet www.minsalud.gov.co, los datos del Sistema de Información para la Calidad, con el propósito de facilitar al público el acceso en línea.

¿QUE ES EL SISTEMA DE AUDITORIA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA ATENCION EN SALUD?
A través de este Sistema se evaluará el cumplimiento de los estándares de calidad. Herramienta clave para llegar a la excelencia en la atención en salud.
La Auditoría se realizará a través de tres procesos:
- Autocontrol, entendido como el que aplica cada miembro de la entidad.
- Auditoría interna, evaluación realizada en la institución por una instancia ajena al proceso que se evalúa.
- Auditoría externa, que consiste en la evaluación por una entidad externa a la institución, con el fin de verificar la realización del autocontrol y de la auditoría interna.

¿QUE PASARA CON LAS IPS Y EPS QUE NO CUMPLAN CON LOS REQUISITOS DEL SISTEMA OBLIGATORIO DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION EN SALUD?
Las instituciones que no cumplan con los estándares o requisitos serán sancionadas con medidas de seguridad, como cancelación del servicio, procesos de investigación, multas o cierres definitivos.
Las IPS y EPS deberán cumplir con 200 estándares de calidad para hacer más óptimos los servicios de protección de la salud y la vida de los pacientes.


María del Pilar Hurtado M.
Odontóloga Universidad CES
Gerencia en Seguridad Social
Docente ICCT CEDECO




TIPOS DE ASEGURAMIENTO

ASEGURAMIENTO

Los usuarios ASEGURADOS al Sistema, corresponden a los grupos de población que tienen un SEGURO DE SALUD, y al que accedieron a través de una afiliación, realizada por el propio usuario como contribuyente o por el Estado  por medio de un subsidio. A estas dos formas  de afiliación, se les denominan como los Regímenes Contributivo y Subsidiado, respectivamente.

TIPOS DE ASEGURAMIENTO

REGIMEN CONTRIBUTIVO
El régimen contributivo es un conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al Sistema general de Seguridad Social en salud, cuando tal vinculación  se hace a través del pago de una cotización, individual y familiar o un aporte económico previo financiado directamente por el afiliado o en concurrencia entre éste y su empleador.
El régimen contributivo se financia exclusivamente con los recursos provenientes de los aportes de los ASEGURADOS y de los Empleadores de acuerdo con su nivel de ingresos salariales y según las siguientes normas:
El valor de la prima de aseguramiento es igual al 12,5% del valor del salario base, siendo el limite menor de un salario mínimo mensual legal vigente y el máximo de 20 salarios mínimos.
Corresponde al empleador el pago de las 2/3 partes (8,5%) y el trabajador aportara  1/3 parte (4%).
Los trabajadores independientes, pagaran el total de la cotización (12,5%).
Las personas aseguradas al régimen contributivo tendrán derecho a la prestación de un plan obligatorio de salud y al reconocimiento económico a unos pagos durante incapacidad por enfermedad o por licencia de maternidad.
Las Entidades Promotoras de Salud y las Adaptadas garantizarán la prestación de servicios contenidos en el Plan Obligatorio de Salud- POS- del Régimen  Contributivo  en condiciones de calidad, oportunidad y eficiencia, con cargo a los recursos que les reconoce el Sistema General de Seguridad Social en Salud por concepto de la Unidad de Pago Por Capitación- UPC-, las cuotas moderadoras y los copagos definidos por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.


TIPO DE AFILIADOS

1. AFILIADOS COTIZANTES
Población con un vínculo laboral por CONTRATO DE TRABAJO:
Todas las personas nacionales o extranjeras, residentes en Colombia, vinculadas mediante CONTRATO DE TRABAJO, que se rija por las normas colombianas, incluidas aquellas personas que prestan servicios en las sedes diplomáticas y organismos internacionales.
Población con un vínculo laboral como EMPLEADOS OFICIALES:
Empleados públicos y  trabajadores oficiales.
Población PENSIONADA:
Los pensionados por jubilación, vejez, invalidez, sobrevivientes o sustitutos, tanto del sector público como del sector privado. En los casos de sustitución pensional o pensión de sobrevivientes deberá
afiliarse la persona beneficiaria de dicha sustitución o pensión o el cabeza de los beneficiarios.
Población laboralmente activa sin ningún vínculo contractual y reglamentario con un empleador:
Los trabajadores independientes, los rentistas, los propietarios de las empresas y en general todas las personas naturales, residentes en el país cuyos ingresos mensuales sean iguale  o superiores a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Población cónyuge o compañero (a) permanente de las personas que laboran en entidades autoexcluidas del SGSSS:
ECOPETROL, FUERZAS MILITARES Y DE POLICÍA, MAGISTERIO y que reúne alguna de las características anteriores: tienen un vínculo laboral por contrato de trabajo o servidor público y pensionados.

2. AFILIADOS BENEFICIARIOS
Grupo familiar del afiliado cotizante: Está constituido por:
El cónyuge y en su ausencia el o la compañera permanente, siempre y cuando la unión
sea superior a dos años.
Los hijos menores de 18 años que dependan económicamente del afiliado cotizante.
Los hijos de cualquier edad con incapacidad permanente y dependan económicamente
del afiliado.
Los hijos entre 18  y 25 años, cuándo sean estudiantes de tiempo completo y dependan
económicamente del afiliado.
Los hijos del cónyuge o compañera permanente del afiliado cotizante, menores de 18
años o con discapacidad permanente.
A falta de cónyuge, compañero (a) permanente y de hijos, LOS PADRES del afiliado
que dependan económicamente de estos y que no estén pensionados.

BENEFICIOS
Los afiliados al régimen contributivo tienen derecho a:
1. La prestación de servicios de salud incluidos en el Plan Obligatorio de Salud – POS, el cual contiene un conjunto de servicios que deben garantizar una atención INTEGRAL a los usuarios, es sus fases de “educación, información y fomento de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad, incluido en suministro de medicamentos esenciales en su denominación genérica y en los diferentes niveles de complejidad.
2. El subsidio en dinero en caso de incapacidad temporal derivada por enfermedad o accidente ocasionados por cualquier causa de origen no profesional.
3. El subsidio en dinero en caso de licencia por maternidad.

COSTOS
Dentro del Régimen Contributivo, los aseguradoras pueden definir para sus afiliados el pago de:

1. CUOTAS MODERADORAS: Aplicadas  a los afiliados cotizantes y sus beneficiarios. Una cuota moderadora tiene por objeto  regular el uso del servicio de salud y estimular su buen uso.

2. COPAGOS: Aplicados únicamente a los afiliados beneficiarios. Un copago se entiende como un pago que el paciente hace como parte del valor del servicio recibido. Estos copagos tienen la intención de ayudar a financiar el sistema.
Por lo anterior, la totalidad de los recaudos por concepto de cuotas moderadoras y copagos pertenecen a la Aseguradora, teniendo ésta que definir las frecuencias de aplicación, teniendo en cuenta la antigüedad del afiliado y las frecuencias de uso de los servicios.
El valor de las cuotas moderadoras y los copagos se establece según los ingresos de los afiliados cotizantes analizado en salario mínimo mensual legal vigente según el siguiente esquema:

BASE DE COTIZACIÓN
CUOTA MODERADORA
COPAGO EVENTO
COPAGO ANUAL
Menos de 2 S.M.M.L.V.
10% de 1 S.M.D.L.V.
10% hasta 1/4 de 1 S.M.M.L.V.
Máximo 1/2  S.M.M.L.V.
De 2 a 5 S.M.M.L.V.
40% de 1 S.M.D.L.V.
15% hasta 1 S.M.M.L.V.
Máximo 2 S.M.M.L.V.
Más de 5 S.M.M.L.V.
105% DE 1 S.M.D.L.V.
20% hasta  1 S.M.M.L.V.
Máximo 4 S.M.M.L.V.



Servicios de salud que se les cobra CUOTA MODERADORA:
SERVICIOS A LOS QUE SE LES PODRA COBRAR CUOTA MODERADORA
NO SE COBRA CUOTA MODERADORA
1.    CONSULTA EXTERNA MEDICA, PARAMEDICA, ODONTOLOGICA.
2.    CONSULTA EXTERNA POR MEDICO ESPECIALISTA
3.    FORMULAS DE MEDICAMENTOS PARA TRATAMIENTOS AMBULATORIOS
4.    EXAMENES DE DIAGNOSTICO DE TIPO AMBULATORIO (que no requieran ser autorizados por el MD tratante): Laboratorio clínico, imagenología.
5.    ATENCIÓN DE URGENCIAS:  solo cuando la utilización de estos servicios no comprometan la vida o funcionalidad de la persona  o requieran la protección inmediata de servicios de salud.
No habrá lugar para el cobro de estas cuando los usuarios con patologías especificas asisten de modo regular a programas de atención integral que organice su EPS para el control rutinario de la enfermedad.
En ningún caso podrá exigirse el pago de una cuota moderadora para prestar servicios de atención inicial de urgencias

Servicios de salud que se les cobra COPAGOS:
SERVICIOS A LOS QUE SE LES PODRA COBRAR COPAGOS
NO SE COBRA COPAGOS
TODOS LOS SERVICIOS DEL POS
1. SERVICIOS DE PROMOCIÓN Y PROMOCIÓN
2. PROGRAMAS DE CONTROL  EN ATENCION MATERNO INFANTIL
3. PROGRAMAS DE CONTROL EN ATENCIÓN DE LAS ENFERMEDADES TRANSMISIBLES
4. ENFERMEDADES  CATASTROFICAS O DE ALTO COSTO
5. LA ATENCION INICIAL DE URGENCIAS
6. LOS SERVICIOS SUJETOS A CUOTAS MODERADORAS

REGIMEN SUBSIDIADO
El régimen subsidiado es el conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos, al sistema general de seguridad social en salud,  cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización subsidiada, total o parcialmente, con recursos fiscales o de solidaridad.
La financiación de éste régimen, proviene de diversas fuentes de recursos como son del 15% de los Ingresos Corrientes de la Nación (ICN) destinados para el subsidio a la salud en cada municipio, de los recursos de la transformación del subsidio a la oferta  (situado fiscal y rentas cedidas) asignados para la prestación de servicios en departamentos y municipios, los recursos propios y aquellos provenientes de Ecosalud que los departamentos y municipios destinen para el subsidio, los recursos que reciban los departamentos y  municipios por concepto de impuesto a al renta de la producción petrolera en las zonas de Cupiagua y Cusiana, de la subcuenta de solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA).


Un usuario asegurado en el régimen subsidiado, es en la actualidad, la población que:
1. Se encuentra en condiciones de vulnerabilidad y pobreza (identificado y clasificado en los niveles 1 y 2 del SISBEN).
2. Su nivel de ingresos no le permite cotizar o “contribuir” de manera total, periódica y sostenida a un Asegurador, para acceder a los servicios del Plan Obligatorio de Salud.
3. No está afiliada al Régimen Contributivo.
4. En condiciones de indigencia debidamente certificada o población indígena.
El orden de prioridades para seleccionar la población a afiliar es: Población del ÁREA RURAL, Población Indígena y Población AREA URBANA.
Luego de identificar los anteriores grupos, se deben priorizar a los individuos así:
1. Mujeres en estado Embarazo y Niños menores de cinco (5) años.
2. Población con limitaciones físicas, psíquicas y sensoriales.
3. Población de la tercera edad.
4. Mujeres cabeza de familia.
5. Demás población pobre y vulnerable.
Se consideran poblaciones especiales: La población infantil abandonada, Los indigentes y los artistas, autores y compositores.
Quién es asegurado en el régimen subsidiado, tiene derecho a recibir los siguientes servicios:
1. Atención Básica del primer nivel, acciones de promoción y educación.
2. Acciones de prevención de la enfermedad y protección específica.
3. Acciones de recuperación de la salud: atención ambulatoria del primer nivel y hospitalaria de menor complejidad, algunos eventos de segundo y tercer nivel y enfermedades de alto costo.
4. Transporte de pacientes.
5. Medicamentos y ayudas diagnósticas.
En el caso que un usuario afiliado dentro del régimen subsidiado, requiera de un servicio que no esté contemplado dentro de su plan de beneficios: el POS-S, éste deberá ser atendido por las IPS públicas, ESEs y entidades privadas que contraten con el Estado, en calidad de vinculados, con cargo al subsidio contratado de forma directa con éstas instituciones para dicho propósito, de acuerdo con la capacidad de las mismas de ofrecer servicios y manteniendo el porcentaje de pago que deberán realizar los usuarios de acuerdo con su nivel de SISBEN. (se comportaran como VINCULADOS CON SISBEN 1 Y 2).

POBLACION SIN SEGURO
Se considera un USUARIO NO ASEGURADO al Sistema, toda persona que accede a los servicios, sin contar con un SEGURO DE SALUD, entendiéndose que no cumple con el mecanismo de ASEGURAMIENTO  descrito (prima, amparo, póliza, asegurador, etc.).
Un grupo de estos Usuarios, pueden estar en capacidad de pagar por sus servicios y deberán responder ante los prestadores de servicios por el costo TOTAL de los mismos. Pueden ser evasores de la afiliación al Seguro de Salud en el régimen contributivo o simplemente población que teniendo un seguro no lo utiliza y prefiere un servicio particular.
Otro grupo de Usuarios, que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad y pobreza, que no tienen capacidad para cotizar al sistema manteniendo un aporte sostenido, son considerados como participantes VINCULADOS al Sistema y el Estado responderá a través de sus IPS públicas o privadas contratadas para el efecto, mientras logra ser afiliado al sistema de SEGURO DE SALUD, bien sea por su ingreso al régimen contributivo o al régimen subsidiado.

La población vinculada al sistema  pagará CUOTAS DE RECUPERACIÓN, así:
NIVEL SISBEN
CUOTA DE RECUPERACION SOBRE LO FACTURADO
VALOR MAXIMO A PAGAR POR UN MISMO EVENTO
SISBEN 1
5%
1 SMMLV
SISBEN 2
10%
2 SMMLV
SISBEN 3
HASTA EL 30 %
3 SMMLV

Es ilegal cobrar a un usuario vinculado un valor por encima de lo estipulado por la ley según el nivel del SISBEN.
En el caso del SISBEN nivel 3, se entiende que el valor es máximo hasta el 30 %, pudiendo ser un valor menos según capacidad de pago del usuario y de negocios de la IPS. No obstante, se entiende que el valor mínimo será el del 10% que paga un usuario con el nivel SISBEN inferior (2).

GRUPOS DE POBLACIÓN VINCULADA QUE NO DEBE PAGAR CUOTA DE RECUPERACIÓN
TIPO DE POBLACIÓN  VINCULADA:
NO AMPARADA POR UN SEGURO DE SALUD, EN CONDICIONES DE POBREZA
TIPO DE SERVICIOS POR LOS QUE NO SE COBRA CUOTAS DE RECUPERACIÓN Y QUE SE CRUZAN 100%  CONTRA SUBSIDIO A LA OFERTA
1.    POBLACIÓN INDIGENA
Se les prestan TODOS los servicios disponibles en la IPS y que tenga registrados en el registro especial de instituciones en la respectiva Dirección territorial de Seguridad Social en salud.
Estos servicios incluyen  tanto PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN, como de recuperación y rehabilitación de la salud, que la IPS esté en capacidad de ofertar.
La IPS deberá remitir estos usuarios a una IPS pública de mayor complejidad cuando no cuente con los servicios que requiera el usuario.
1.    POBLACION INDIGENTE
3.POBLACION DE NIÑOS MENORES DE UN AÑO
4. POBLACIÓN DE MUJERES EN EMBARAZO
Se les prestan TODOS los servicios RELACIONADOS CON  LA  GESTACIÓN:  lo cual incluye programas de prevención y promoción  propios del embarazo y la atención de enfermedades relacionadas con el embarazo, la atención del parto y la atención de sus complicaciones, lo cual deduce, la práctica de CESAREA como respuesta a una complicación del embarazo o el parto. (NO por solicitud del usuario, sin un requerimiento clínico especifico).
Por los demás servicios no relacionados directamente con la GESTACIÓN, se cobra cuota de recuperación de acuerdo al nivel del SISBEN.
5. TODA LA POBLACIÓN  USUARIA  DE PROGRMAS DE PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD Y PROMOCIÓN DE LA SALUD
Se prestan TODOS los servicios de atención en programas de prevención y promoción  a los diferentes grupos de riesgo, sobre la base de aquellos servicios que  la IPS  tenga disponibles.

PLANES DE ATENCION COMPLEMENTARIAS
Son planes alternativos al Plan Obligatorio de Salud del Régimen Contributivo (POS), ofrecido de forma prepago, y que requiere vinculación previa a este Plan. Brindan actividades, procedimientos e intervenciones no contempladas en el Plan Obligatorio de Salud (POS), así como, mejoras en la atención de servicios de salud del POS, principalmente en hotelería y tecnología y, también, en accesibilidad y oportunidad. Estos planes pueden ser prestados por las EPS  o por las entidades de medicina prepagada mediante pólizas de salud y son  financiadas exclusivamente por el usuario; son de carácter voluntario, pero el usuario tiene que estar previamente afiliados.

MEDICINA PREPAGADA
El sistema de medicina prepagada en Colombia nació en 1973. A comienzos de los años 90, el 80% de los colombianos aún no estaba cubierto en salud y solo un 5% podía pagar pólizas o prepagos. Con la ley 100 de 1993, el gobierno reformó el sistema de salud en Colombia para ampliar la cobertura. Este sistema reglamentó 2 modalidades de atención en salud. La primera es de carácter obligatorio y es lo que se llama POS (Plan Obligatorio de Salud) que es el servicio que prestan todas las EPS, tanto públicas como privadas, y la segunda modalidad es la de los planes voluntarios de salud, el de las empresas de medicina prepagada, las pólizas de hospitalización y cirugía y los planes de atención complementaria.

Bibliografía:
  • Ley 100, diciembre 23 de 1993.
  • Normatividad vigente relacionada con sistema de aseguramiento en salud en Colombia.
  • Modelo de aseguramiento de salud en Colombia, Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral, 2008.
  • Modelos de Aseguramiento en Salud en Colombia, Pablo Matallana, 2012.

María del Pilar Hurtado M.
Odontóloga Universidad CES
Gerencia en Seguridad Social
Docente Auxiliar en Salud Oral CEDECO